Los españoles en la actualidad, nos regimos por la Ley 39/2015 que regula el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En su artículo 100, dicha ley, enumera los «los medios de ejecución forzosa» entre los que encontramos el «apremio sobre el patrimonio» que se desarrolla a lo largo del artículo 101.
Esto de «apremiar» viene a ser que la administración tiene sus mecanismos para cobrar impuestos o multas.
Contrabando en el siglo XV
Durante el siglo XV las relaciones comerciales entre Orihuela y los territorios pertenecientes al Reino de Murcia estaban más que menos reguladas.
Como suele ser habitual, el aumento de las normas era proporcional al ingenio de los comerciantes a la hora de poner en marcha prácticas de contrabando. Partimos de la base de un comercio oficial, ya que en el caso de no existir dicho comercio, todo estaba permitido. Los saqueos se convertía en negocios organizados en los que hasta el rey tenía estipulada su parte.
A nivel de contrabando eran los mudéjares abanilleros, por razones de proximidad geográfica y contactos, los que más productos sacaban del reino hacia el mercado de Orihuela. Madera leña, carbón y esparto eran las mercancías que más se exportaban y al contrario: trigo, sal, vino y paños las que más se importaban de tierras orcelitanas. El vino era uno de los artículos que mayor volumen de contrabando generaba, ya que era objeto de fuertes gravaciones fiscales.
Para ejecutar el control sobre el buen desarrollo del comercio, la administración de la época creó la figura del Alcalde de Sacas y los propios Consejos de las villas y ciudades no escatiman en defender los intereses de sus buenos vecinos, aquellos que se someten al la ley y pagan sus impuestos religiosamente…
Nunca ser de Yecla costó más caro en Orihuela
De este modo encontramos la siguiente historia: en 1413 a un comerciante oriolano le fueron incautadas varias cargas de lana por el alcalde de sacas de Yecla. Puesto este atropello en conocimiento de la autoridad, el Consejo de Orihuela no dudó en expedientar a la villa murciana. Se acordó embargar y vender bienes de yeclanos que residían o pasaban por Orihuela hasta alcanzar el importe de las confiscaciones yeclanas.
No fue suficiente la medida y varios almogávares (soldados de infantería) orcelitanos entraron en el término yeclano y se apoderaron de vacas y mulas hasta cubrir el valor de la lana requisada, las costas del juicio y los gastos de la expedición.
Un ejemplo medieval de apremio sobre el patrimonio, «sin paños calientes».
Fuente: Los siglos XIV y XV en Orihuela. Historia de la ciudad de Orihuela. Tomo III. Juan Bautista Vilar.
Foto: vista de Orihuela.